Subsidio para el empleo no acreditable si no se plasma en CFDI de nómina
Recordemos que recientemente el SAT realizó modificaciones a los CFDI de nómina de acuerdo al cierre anual 2019 que estaba próximo, la modificación más notable fue la de ingresar en el CFDI de nómina las cantidades en cuanto a subsidio para el empleo entregadas al trabajador cuando existen diferencias.
De acuerdo a lo anterior en la Resolución Miscelánea Fiscal 2020 publicada para efectos de que sea acreditable el subsidio para el empleo para el patrón que corresponda, los conceptos por subsidio para el empleo (diferencias) entregados a sus trabajadores deben ser plasmados de manera expresa y por separado en los CFDI por nómina.
Es importante puntualizar que anteriormente no se encontraba puntualizado este concepto ya que no se había hecho la modificación respectiva en la Guía de llenado del CFDI de Nómina, sin embargo, ya será requisito indispensable que se encuentre especificado.
Fundamento legal: RMF 2020 publicada 28 de diciembre de 2019 regla 3.17.4
