Fechas para presentación de dictamen fiscal 2019
En esta ocasión por cuestiones de la pandemia que se vive actualmente se publica en la versión anticipada de la segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020 establece como plazo para presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2019 a más tardar el día 31 de Agosto del 2020.
Sin embargo para poder cumplir con esa característica en aquellos dictámenes en donde se determinen diferencias a pagar dichas contribuciones deben estar pagadas a más tardar el día 15 de Julio del 2020 y dicha situación debe estar relacionado en el anexo de relación de contribuciones por pagar.
De acuerdo a lo anterior en caso de no cumplir con dicha situación el SAT considerará la presentación de ese dictamen fiscal como extemporáneo lo cual puede traer sanciones y multas correspondientes.
Fundamento legal: artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación y regla 2.13.2 de la Cuarta versión anticipada de la 2DARMRMF 2020.
